Constituyentes de escaños reservados presentan propuesta de norma constituyente que crea la Justicia Intercultural y consagra el Pluralismo Jurídico
Consagra la jurisdicción indígena y le da la misma jerarquía al sistema indígena y al común. Crea Tribunales Indígenas Especiales, que estarán a cargo de la revisión de la decisión adoptada en caso que fuese necesario. Establece el deber de todos los tribunales de justicia, defensoría penal y ministerio público de adoptar una perspectiva intercultural y respetar el derecho propio indígena.
Los convencionales de escaños reservados por el pueblo aymara, Luis Jiménez Cáceres, y por el pueblo mapuche, Natividad Llanquileo Pilquimán, junto a convencionales de diversos colectivos de la Comisión 6 (Daniel Bravo, Ingrid Villena, Manuela Royo, Vanessa Hoppe, Manuel Woldarsky, Mauricio Daza, Hugo Gutiérrez) presentaron la propuesta de iniciativa convencional constituyente que Crea la Justicia Intercultural en la Nueva Constitución, en concordancia con los principios de plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad.
La propuesta presentada establece la igual jerarquía entre jurisdicción indígena y la común, para ejercer funciones jurisdiccionales dentro de sus territorios de conformidad al derecho internacional de los derechos humanos.
Se propone que la jurisdicción indígena se ejerza dentro de los territorios ancestrales, respecto de cualquier persona o materia, con especial protección de las mujeres, diversidades sexuales, niñas, niños y adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad.
“En casos que ocurran fuera de los territorios, las personas indígenas de común acuerdo podrán acudir a ella”, comentó Luis Jiménez.
La propuesta crea los Tribunales Indígenas Especiales, que revisarán las sentencias de la jurisdicción indígena en caso de vulneración de derechos humanos. Este órgano será plurinacional y paritario, integrado por cinco miembros: un juez y una jueza de Corte de Apelaciones, un hombre y una mujer expertas indígenas del pueblo de los incumbentes, y un o una profesional de las ciencias sociales con experiencia en diálogo intercultural.
Acceso Justicia Intercultural
Para garantizar el acceso a la justicia intercultural se establece la obligación de los tribunales de justicia de adoptar una perspectiva intercultural y a respetar las costumbres, tradiciones, protocolos y el derecho propio de los pueblos indígenas, junto con intérpretes y facilitadores interculturales, entre otras medidas.
“Las comunidades e individuos indígenas tienen derecho a un proceso judicial en la justicia ordinaria, a la tutela efectiva de sus derechos, a la pronta resolución de los conflictos y a la reparación efectiva de los daños causados, con pleno respeto a sus prácticas, sistemas jurídicos propios y derechos garantizados. El acceso a la justicia para que sea real y no discriminatorio debe tener perspectiva intercultural ya sea en la jurisdicción indígena o jurisdicción ordinaria”, agregó el constituyente aymara.
La propuesta contempla en total nueve articulados para la Comisión de Sistemas de Justicia, uno para la Comisión de Formas de Estados y uno para la Comisión de Derechos Fundamentales, consagrando el derecho a la autonomía jurídica en función a la libre determinación.